Buenos Aires.- El Tribunal Oral Federal (TOF) 2 que interviene en la causa por el direccionamiento de la obra pública vial en Santa Cruz entre 2003 y 2015 rechazó todas las recusaciones que habían sido planteadas hacia algunos jueces y los fiscales Diego Luciani y Sergio Mola.
Todas las recusaciones habían quedado planteadas tras una audiencia en la que las defensas de varios de los imputados expusieron los motivos por los cuales creían que la objetividad de los magistrados e investigadores estaba en tela de juicio.
Las principales recusaciones fueron las planteadas contra el fiscal Luciani y el presidente del Tribunal, Rodrigo Giménez Uriburu, por haber compartido un equipo de fútbol denominado «Liverpool» que, además, en más de una oportunidad fue a disputar encuentros deportivos a la quinta Los Abrojos, de propiedad de Mauricio Macri. La denuncia inicial apareció en el matutino kirchnerista Página 12, enseguida fue replicada en Twitter por Cristina Kirchner, la principal acusada en este juicio, y trascartón su abogado Carlos Beraldi presentó las recusaciones apuntando a interrumpir el desarrollo del proceso.


«Creo que estamos ante una situación realmente muy grave que debe ser analizada en su conjunto. Todo esto ha herido de muerte la credibilidad de este juicio», sostuvo el abogado Beraldi, defensor de la expresidente. Sin embargo el Tribunal desestimó de plano la idea de interrumpir los alegatos aunque aceptó tratar esa impugnación y las que presentaron las defensas de otros acusados, y finalmente dio vista a los fiscales Luciani y Mola y al juez Giménez Uriburu para que se defendieran.
Luciani a través del zoom, y por escrito Giménez Uriburu, señalaron que no son amigos aunque se conocen hace muchos años por sus tareas en los tribunales. El fiscal también señaló que no tiene relación con Macri ni con ningún funcionario de aquel gobierno y que así como compartió una actividad deportiva con el juez Giménez Uriburu también tuvo actividades académicas con funcionarios de este gobierno, como es el caso del viceministro de Justicia de la Nación, Juan Martín Mena.
Denunció Luciani en la audiencia de este viernes que está frente a «una campaña» para presionarlo, que pudiera estar «articulada o no», pero que «denota una intención muy clara de desgastarme psicológicamente».
Además se sumó el viernes una nueva recusación del abogado de Cristina Kirchner contra Jorge Gorini, otro juez del TOF 2, quien la replicó de inmediato. Esa última presentación fue rechazada in límine por los tres jueces del TOF 2: Giménez Uriburu, Andrés Basso y el propio Gorini.
Luego, en el caso de las recusaciones interpuestas contra el presidente del TOF 2, Giménez Uriburu y los fiscales Luciani y Mola, el rechazo se produjo tras el debate en la audiencia y el fallo está firmado únicamente por los jueces Gorini y Basso.
Extemporáneas e inaplicables
Según agencias de noticias, el rechazo a esas primeras recusaciones contra el juez Giménez Uriburu y los fiscales que están liderando los alegatos contra Cristina Kirchner, Lázaro Báez, Julo De Vido y otros imputados por asociación ilícita, se fundamentó en argumentos contundentes por parte del TOF 2.
«Luego de haberse analizado los limitantes normativos relativos a la recusación intentada -su evidente extemporaneidad y la inaplicabilidad del supuesto reclamado en virtud de la regla del artículo 56 del Código Procesal Penal de la Nación-, resta señalar que, tras sustanciarse las recusaciones planteadas, tampoco encontramos configurado el grado de amistad al que alude la norma cuando dispone el apartamiento de jueces y magistrados en función de su vínculo con los interesados en el proceso», sostuvieron Gorini y Basso, firmantes del texto.
Luego: «En efecto, tanto el doctor Luciani como el doctor Giménez Uriburu han dado cuenta de los pormenores de la relación que los une, explicando los espacios en los que han coincidido en el pasado y también los límites que enmarcan su vínculo. En base a la información que aportaron en la audiencia llevada a cabo en el día de la fecha y en el escrito presentado, respectivamente, nos encontramos ante la evidencia de que la ‘íntima amistad’ por la que las defensas pretenden su recusación, no es más que un relato construido sobre la base de imágenes de las que difícilmente pueda colegirse esa conclusión», concluyeron en el fallo.